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Contrato de Franquicia

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¿Qué es un Contrato de Franquicia?

El Contrato de Franquicia es el documento por medio del cual una parte denominada Franquiciante otorga una licencia de uso de marca y transmite conocimientos técnicos sobre el negocio al que se asocia la marca, en favor de otra parte denominada Franquiciatario, quien podrá comercializar productos y/o servicios asociados a la marca de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el Franquiciante.

En virtud de lo anterior, el Contrato de Franquicia se celebra respecto a un negocio propiedad del Franquiciante, el cual ya se encuentra consolidado dentro del mercado, de tal manera que al Franquiciatario le conviene adquirir la autorización de uso de marca y recibir el conocimiento técnico (Know-how) de parte del Franquiciante, para incrementar la posibilidad de éxito de la franquicia que el Franquiciatario pretende administrar. Sin embargo, esto no debe entenderse como una garantía de éxito, o de ganancia asegurada, pues puede ocurrir que la franquicia no logre a desarrollarse de la forma en que las partes (Franquiciante y Franquiciatario) esperan.

A su vez, el Franquiciatario pagará al Franquiciante una "cuota de ingreso" y posteriormente de manera periódica una cantidad por concepto de "regalías" para mantener los derechos que le otorga la franquicia. Las franquicias suponen, por lo general, una inversión importante para el Franquiciatario, por este motivo el plazo de duración de este tipo de contratos es por lo general de no menos de 5 años.

Así mismo, el Franquiciatario deberá obligarse a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios que se relacionan con la franquicia y la marca.

Por ejemplo: Las Franquicias son muy comunes en los siguientes giros comerciales: Restaurantes, Tiendas de ropa, Farmacias, Tiendas de conveniencia, Talleres Mecánicos, etc.


¿Cuál es la diferencia entre Contrato de Franquicia y el Contrato de Licencia de Uso de Marca?

El Contrato de Franquicia siempre se relacionará con la licencia de uso sobre uno o varios derechos de propiedad industrial, ya sean marcas, nombres comerciales, avisos comerciales o incluso patentes. En ese sentido, un Contrato de Franquicia incluye necesariamente la Licencia de Uso sobre alguna Marca o Nombre Comercial.

Sin embargo, lo que distingue a un Contrato de Franquicia de un Contrato de Licencia de Uso de Marca, es que en el Contrato de Franquicia el titular de la marca, el Franquiciante, transmitirá además del derecho de uso de la marca o nombre comercial, conocimientos técnicos para que el Franquiciatario pueda comercializar productos y/o servicios asociados a la marca de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el Franquiciante, incrementando la posibilidad de éxito de la franquicia que el Franquiciatario pretende administrar.

Dicho de otra manera, en el Contrato de Licencia, el titular de la marca únicamente autoriza el uso de la misma en favor de un tercero, sin ayudarlo a establecer una sucursal o negocio relacionado con la marca, mientras que en la Franquicia, el Franquiciante ayudará al Franquiciatario, al compartir sus conocimientos técnicos y experiencia, para poder establecer un negocio que ya ha sido probado con éxito en el mercado.

Por ejemplo: Un estudio cinematográfico que es titular de la marca registrada de productos de súper héroes, podrá otorgar una licencia de uso en favor de una empresa que produce juguetes para que lance una línea de juguetes con los personajes de los súper héroes.

Ahora bien, suponiendo que el mismo estudio cinematográfico tiene un parque temático ambientado en el universo de los súper hérores, el estudio podrá celebrar un Contrato de Franquicia para abrir una nueva sucursal del parque temático en otra ciudad o en otro país, en cuyo caso además de autorizar el uso de marca de los súper héroes deberá capacitar al Franquiciatario respecto al conocimiento técnico para crear y administrar el parque temático.


¿Qué significa el concepto "Exclusividad"?

Dentro del Contrato de Franquicia, el Franquiciante y el Franquiciatario podrán pactar exclusividad territorial para la franquicia. Es decir que, el Franquiciante se obligará a no otorgar otra franquicia en favor de otro Franquiciatario dentro de una demarcación territorial específica, con la intención de no generar competencia para el Franquiciatario que se beneficia de la exclusividad. La demarcación territorial de la exclusividad podrá establecerse por kilómetros a la redonda, por municipio, estado, región o país.

Por ejemplo: Una taquería famosa en Querétaro, decide celebrar un Contrato de Franquicia con un Franquiciatario en León, pero el Franquiciatario le solicita al Franquiciante que le otorgue la exclusividad territorial, para ser la única taquería de la misma marca en León, por lo que el Franquiciante no podrá otorgar otra franquicia de la taquería en favor de otra persona en León, pero si podrá celebrar contratos de franquicia en cualquier otra ciudad del país, ya que no competiría directamente con la taquería de León.


¿El Contrato de Franquicia es obligatorio para Las Partes?

Sí, es obligatorio que el Contrato de Franquicia conste por escrito para su validez. Dentro del Contrato se establecerán los conocimientos técnicos y/o la asistencia que el Francuiciante brindará al Franquiciatario para la comercialización de productos y/o servicios relacionados con la franquicia.


¿Qué significa el concepto "Know-How" o "Conocimientos Técnicos"?

Los conocimientos técnicos, también conocidos como "know-how" se refieren a los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el Franquiciante, tendientes a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios que se asocian a su marca.

En ese sentido, los conocimientos técnicos que transmitirá el Franquiciante al Franquiciatario dependerán del giro del negocio que será franquiciado. Sin embargo, algunos ejemplos de conocimientos técnicos pueden incluir, recetas, localización, lista de proveedores, alianzas estratégicas, etc.

Por ejemplo: La franquicia de una taquería podrá compartir como parte de sus conocimientos técnicos la receta para la preparación de las salsas.

Mientras que para una franquicia de un taller mecánico, los conocimientos técnicos podrán estar más enfocados a la lista de proveedores de refacciones, que utiliza la franquicia.


¿Cuál es el costo de una Franquicia?

El costo de la Franquicia dependerá del tipo de negocio y será establecido por el Franquiciante, con base en un avalúo del negocio. Sin embargo, en términos generales el Franquiciatario deberá pagar al Franquiciante una cantidad inicial para poder establecer la Franquicia y posteriormente deberá pagar de manera periódica una cantidad de dinero establecida en el contrato por concepto de regalías, para poder mantener la Franquicia.

Por ejemplo: Se franquiciará una taquería, el Franquiciatario deberá pagar al Franquiciante al momento de la firma del Contrato de Franquicia la cantidad de $250,000 y posteriormente se obliga a pagar $12,500 cada mes por concepto de regalías.
En teoría, el margen de utilidad que obtendrá el Franquiciatario por el manejo correcto de la Franquicia deberá ser suficiente para cubrir el monto de las regalías y obtener una ganancia del negocio.


¿Cuáles son los prerrequisitos para el Contrato de Franquicia?

La ley establece que para que una franquicia sea válida, el Franquiciante deberá ser titular de uno o varios derechos de propiedad industrial, es decir marcas registradas, nombres o avisos comerciales, patentes, etc.

Lo anterior en virtud del derecho de exclusividad que otorgan los derechos de propiedad industrial, los cuales serán la base para que el Franquiciante pueda autorizar al Franquiciatario el uso y explotación comercial de estos derechos.

Así mismo, será indispensable que el Franquiciante tenga o genere los materiales entregables que contengan los conocimientos técnicos que serán transferidos sobre el negocio. Algunos ejemplos de estos materiales son: Manual de identidad e imagen corporativa, Recetarios, Listado de proveedores, Manual de administración, etc.

Por último, la ley establece que el Franquiciante deberá proporcionar al Franquiciatario, por lo menos con treinta días de anticipación celebración del contrato, la información relativa al estado general de la empresa o negocio que será franquiciado. Es decir, el balance general, estado de resultados, libros corporativos, información contable, información comercial, etc., lo anterior para que el Franquiciatario pueda analizar la información y decidir si quiere celebrar el Contrato de Franquicia o no.


¿Quiénes deberán firmar el Contrato de Franquicia?

El Contrato de Franquicia deberá ser firmado por:

  • El Franquiciante, quien es el titular de los derechos de propiedad industrial.
  • El Franquiciatario, quien recibirá la licencia de uso y los conocimientos técnicos.

Tanto el Franquiciante como el Franquiciatario podrán ser personas físicas o morales. En caso de ser personas morales, el contrato deberá ser firmado por el representante legal con facultades vigentes.


¿Qué hacer al concluir el Contrato de Franquicia?

El Contrato de Franquicia deberá ser impreso y firmado por duplicado, para que el Franquiciante y el Franquiciatario obtengan un ejemplar original firmado, junto con los anexos correspondientes.

En caso de que los firmantes, estén interesados en registrar el Contrato de Franquicia ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), deberán firmar un tercer ejemplar, el cual se deberá adjuntar a la solicitud de registro que se presentará ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

La ley no obliga directamente al Franquiciante o al Franquiciatario a registrar el Contrato de Franquicia ante el IMPI, sin embargo la ley establece que únicamente los Contratos de Franquicia que se encuentren registrados ante el IMPI podrán hacerse valer ante personas ajenas al Contrato, por ejemplo ante proveedores y/o competidores.


¿El Contrato de Franquicia tiene Anexos que tengan que adjuntarse?

Deberán adjuntarse al Contrato de Franquicia los siguientes Anexos:

  • Copia simple del título o títulos de propiedad industrial, que acrediten al Franquiciante como titular de los derechos marcarios o de propiedad industrial.
  • Copia simple de la Patente, en caso de que la explotación de la misma sea necesaria para el funcionamiento de la Franquicia.
  • Manuales Técnicos y/o Administrativos, que contengan el conocimiento técnico del funcionamiento de la Franquicia.


¿El Contrato de Franquicia debe ser protocolizado ante Notario Público?

No será necesaria la protocolización del Contrato de Franquicia ante Notario Público, para su validez.


¿El Contrato de Franquicia necesita inscribirse o registrarse ante alguna autoridad?

De conformidad a la nueva ley, el registro del Contrato de Franquicia ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industria es opcional, sin embargo la ley establece que únicamente los Contratos de Franquicia que se encuentren registrados ante el IMPI podrán hacerse valer ante personas ajenas al Contrato, por ejemplo ante proveedores y/o competidores.

En ese sentido si el Contrato de Franquicia es registrado ante el IMPI el Franquiciatario podrá actuar ante terceros con las mismas facultades que el Franquiciante, respecto a los Derechos de Propiedad Industrial que se relacionan con la Franquicia.


¿Qué elementos son indispensables para el Contrato de Franquicia?

De acuerdo a la Ley, el Contrato de Franquicia deberá establecer:

  • La zona geográfica en la que el Franquiciatario ejercerá las actividades de la Franquicia.
  • La ubicación, dimensión mínima y características de las inversiones en infraestructura, respecto del establecimiento en el cual el Franquiciatario ejercerá la Franquicia.
  • Las políticas de inventarios, mercadotecnia y publicidad, así como las disposiciones relativas al suministro de mercancías y contratación con proveedores.
  • Los criterios y métodos aplicables a la determinación de los márgenes de utilidad o comisiones de los Franquiciatarios.
  • Las características de la capacitación técnica y operativa del Franquiciatario, así como el método o la forma en que el Franquiciante otorgará asistencia técnica.
  • Los criterios, métodos y procedimientos de supervisión, información, evaluación y calificación del desempeño, así como la calidad de los servicios a cargo del Franquiciante y del Franquiciatario.


¿Cuál es la legislación aplicable al Contrato de Franquicia?

Será aplicable al Contrato de Franquicia, lo establecido por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.


¿Cómo modificar el modelo?

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