Última revisión: 19/02/2023
Formatos disponibles: Word y PDF
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Este documento es emitido por el Arrendador (propietario del inmueble) al Arrendatario (inquilino) como prueba y aceptación del pago realizado por concepto de renta del inmueble. Así mismo, el documento acredita el pago realizado por el Arrendatario y lo libera de la obligación (parcial o total) que haya cubierto.
Será responsabilidad del Arrendatario guardar los recibos de pago para los efectos jurídicos que haya lugar, toda vez que los mismo pueden llegar a ser prueba en un juicio, para acreditar el cumplimiento de la obligación de pago.
¿Cómo utilizar este documento?
En este recibo de pago se pueden especificar los conceptos que son cubiertos con el pago de la renta. Por ejemplo: las cuotas de administración y mantenimiento (en el caso de condominios); servicios como agua, luz, gas, teléfono, internet; así como otro tipo de gastos que pudieran generarse, como por ejemplo los servicios de recolección de basura a domicilio, o servicios de seguridad del vecindario.
Es usual que las personas guarden una copia simple de los recibos que entregan o lleven un registro de estos, por lo que también es posible numerar los recibos para llevar un seguimiento preciso de los pagos que se han recibido (en el caso del arrendador) o realizado (en el caso del arrendatario).
Para que el recibo sea válido, únicamente se requiere que el arrendador o propietario lo firme de manera autógrafa al final del documento.
Cabe señalar que el código civil establece que quien realiza un pago tiene derecho a exigir el documento que acredite el pago y puede retener dicho pago en tanto no le sea entregado el recibo correspondiente.
Una vez descargado este documento, el recibo de pago se entrega al inquilino una vez éste ha efectuado los pagos que le corresponde entregar al propietario de la vivienda o arrendador. Esto puede hacerse de manera personal, a través de mensajería o por correo tradicional. Por otro lado, si el recibo se va a entregar de manera electrónica (e-mail, fax, a través de una red social, o mensaje multimedia) deberá primero imprimirse y firmarse de manera autógrafa, y posteriormente digitalizarse (a través de un escáner o fotografía). Cabe señalar que la entrega del recibo no debe generar ningún costo para el o los inquilinos.
Derecho Aplicable
Titulo Sexto y Capitulo I del Título Cuarto (ambos del libro cuarto) del Código Civil Federal.
¿Cómo modificar el modelo?
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Nombres alternativos para este documento: Recibo de pago de arrendamiento, Recibo de pago de arrendamiento de bien inmueble, Recibo de pago de arrendamiento de casa habitación, Recibo de renta, Recibo de pago de renta
País: México