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Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles

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¿Qué es un Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles?

El Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles es el acuerdo por el cual una parte denominada Vendedor, transmite a otra parte denominada Comprador, la propiedad de un bien inmueble, como lo puede ser una casa, un departamento, un local comercial o un terreno.


¿Qué tipo de bienes inmuebles pueden venderse mediante este Contrato?

El Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles es aplicable para transferir la propiedad de departamentos, casas, lotes comerciales, terrenos y otro tipo de inmuebles construidos como bodegas, oficinas o edificios.


¿Qué tipos de Contratos de Compraventa existen?

Los contratos de compraventa se clasifican o distinguen principalmente por el bien que se transmite, por lo tanto se pueden distinguir los siguientes contratos:


¿Es obligatorio contar con un Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles?

, la ley establece la obligación de contar un Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles por escrito y en la mayoría de los casos (cuando el valor del inmueble supera los $75,000) el Contrato de Compraventa deberá ser protocolizado ante Notario Público.


¿Qué es un "Folio Real"?

El Folio Real es un número que se asigna a cada uno de los inmuebles inscritos en el Registro Público de la Propiedad, funciona como un número de identificación en el cual se encuentran todos los antecedentes del inmueble, tales como quiénes han sido los dueños anteriores, si fue dado en garantía, si fue embargado, etc.

Es importante contar con el Folio Real, ya que así el Comprador podrá tener la certeza de que el Vendedor es el legítimo y real dueño del inmueble, toda vez que podrá revisar ante registro público todos los antecedentes del inmueble.


¿Cuáles son los requisitos para celebrar un Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles?

Es obligatorio que cuando se haga un Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles el Vendedor sea el dueño legítimo y real del Inmueble objeto del contrato.

Tanto Vendedor como comprador deben ser mayores de edad; en su caso menores de edad podrán firmar a través de sus representantes o tutores.

En caso de que el inmueble tenga un valor superior a $75,000, el Contrato de Compraventa deberá ser protocolizado ante Notario Público.


¿Cómo puede ser pagado el precio del inmueble?

El precio del inmueble podrá ser pagado por el Comprador de las siguientes maneras:

  • En un solo pago al momento de firmar el Contrato, es decir que el Comprador pagará al Vendedor el precio completo del inmueble con recursos propios al firmar el Contrato.
  • En parcialidades mensuales, es decir que el Comprador pagará el precio del inmueble al Vendedor en varias parcialidades, hasta cubrir el costo total del inmueble.
    Sin embargo, en esta opción, el Vendedor podrá cobrar al Comprador intereses ordinarios por diferir el pago del precio total en parcialidades.
  • Mediante Crédito Hipotecario, es decir que el Comprador obtendrá un crédito otorgando como garantía a la institución financiera que le autorice el crédito, el bien inmueble que será comprado, para lo cual la financiera pagará al Vendedor el precio total del inmueble al momento en que se realice en escritura pública el Contrato de Crédito Hipotecario.
    De tal manera que el Vendedor recibirá el pago del precio del inmueble en una sola exhibición y posteriormente el Comprador deberá pagar el crédito a la institución financiera, de conformidad a lo que establezca el Contrato de Crédito.
  • De otra forma acordada por las partes, es decir que las partes tendrán la libertad de establecer otro esquema de pago como podría ser un pago inicial al firmar el Contrato de Compraventa y un pago posterior al momento de formalizar el Contrato ante Notario Público o bien cualquier otro esquema de pago que las partes acuerden entre ellas.

Sí, las Partes podrán establecer que el pago del precio del inmueble sea pagado por el Comprador en parcialidades, en cuyo caso el Vendedor deberá emitir comprobantes de pago por cada una de las parcialidades recibidas hasta que se cubra el precio total del inmueble.

Así mismo, el Vendedor podrá cobrar al Comprador intereses ordinarios por el pago en parcialidades del precio del inmueble.


¿Qué se debe hacer una vez que se encuentre listo el Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles?

Una vez que se tenga listo el Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles se deberá imprimir por duplicado y ser firmado tanto por el Vendedor como por el Comprador, quedándose cada uno con un original firmado.

En caso de que el inmueble tenga un valor superior a los $75,000.00 (Setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) el Contrato deberá ser protocolizado ante Notario Público, para que la compraventa conste en Escritura Pública y pueda ser inscrita en el Registro Público de la Propiedad.

La inscripción en el Registro Público la podrá realizar el Comprador aunque regularmente es el mismo Notario Público quien lo realiza, así como todos los actos necesarios para concluir el proceso.

Al Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles, se deberán anexar documentos para identificar al comprador, al vendedor y al inmueble, como se indica en la pregunta inmediata siguiente.


¿Es obligatorio protocolizar ante Notario Público el Contrato?

Sí, cuando el valor del bien inmueble sea superior a $75,000, como lo es en la mayoría de los casos, será obligatorio protocolizar el Contrato ante Notario Público para que conste en una escritura pública y sea válido. El Notario Público se cerciorará de que el vendedor sea el legítimo propietario del inmueble y de que el mismo no está dado en garantía para cubrir una deuda como una hipoteca.


¿Es necesario registrar el Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles?

Sí, es necesario inscribir en el Registro Público de la Propiedad el Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles para que así se hagan las anotaciones del nuevo dueño.


¿Qué costo tiene celebrar un Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles?

  • Los honorarios del Notario Público ante quien se firme el contrato.
  • El costo por inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
  • El impuesto municipal por el Traslado de Dominio.
  • El vendedor deberá pagar el impuesto correspondiente por realizar la venta.


¿Qué debe contener un Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles?

El Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles debe incluir:

  • Los datos personales del Vendedor, incluyendo nombre y domicilio.
  • Los datos del Comprador, incluyendo nombre y domicilio.
  • Los datos del inmueble que se está vendiendo: número de escritura pública con la que el vendedor acredita ser el dueño, el Notario Público ante la que se hizo esa escritura, la fecha de la escritura, los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Folio Real.
  • El precio del inmueble.
  • La forma, medio y lugar de pago.


¿Qué leyes se aplican a un Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles?

Será aplicable al Contrato de Compraventa de Bienes Inmuebles lo establecido por el Código Civil del Estado donde se encuentre ubicado el inmueble.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

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