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Contrato de subarrendamiento

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¿Qué es un Contrato de Subarrendamiento?

El Contrato de Subarrendamiento es un contrato por medio del cual un arrendatario, es decir, una persona que está rentando un inmueble (inquilino), puede a su vez dar en renta ese mismo inmueble en su totalidad o parcialmente, siempre y cuando tenga la autorización de su arrendador, es decir el propietario del inmueble, convirtiéndose entonces en subarrendador.

Un subarrendamiento es un contrato que depende del Contrato de Arrendamiento, es decir del arrendamiento principal, por lo tanto cuando se celebra un subarrendamiento, se podrán distinguir 3 figuras:

(i) el arrendador: el propietario del inmueble;

(ii) el arrendatario y subarrendador: quien toma del arrendador el inmueble para su renta y que a su vez subarrienda el mismo; y

(iii) el subarrendatario: quien toma del subarrendador el inmueble en subarriendo.

Para que el arrendatario pueda otorgar el inmueble en subarrendamiento, es necesario que el arrendador autorice al arrendatario a realizar este acto lo cual puede realizarse a través de una Respuesta por Escrito para Subarrendar el Inmueble, que emita el arrendador. Una vez autorizado el subarriendo el inquilino podrá celebrar en su caso el Contrato de Subarrendamiento.


¿Cuántos tipos de Contratos de Subarrendamiento existen?

No existen diferentes tipos de contratos de subarrendamientos. Sin embargo, este contrato podrá estar relacionado o ser utilizado para cualquier tipo de arrendamiento, tales como:


¿Cual es la diferencia entre un Contrato de Subarrendamiento y un Contrato de Cesión de Derechos?

Un Contrato de Subarrendamiento se distingue de una cesión de derechos en que el arrendatario o subarrendador, no se libera de la responsabilidad y obligaciones incluyendo principalmente las de pago frente y a favor del arrendador o propietario del inmueble ya que seguirá siendo parte del contrato de arrendamiento principal el cual no desaparece o termina, sino que seguirá subsistiendo con independencia de que el subarriendo se termine.

Por su parte en el Contrato de Cesión de Derechos el arrendatario dejará de ser parte del contrato de arrendamiento principal, y la persona que adquiere o recibe los derechos cedidos (llamada cesionario) será considerado como nuevo arrendatario. El contrato de cesión también dependerá del contrato de arrendamiento principal, sin embargo, el arrendatario dejará de ser parte de la relación que lo unía al arrendador y por lo tanto subsistirán solamente 2 partes el arrendador y el cesionario que deberá considerarse el nuevo arrendatario.

En caso de que el arrendatario requiera realizar la cesión de derechos del inmueble se podrá preparar una Solicitud de Autorización al Arrendador para Ceder los Derechos de un Inmueble.


¿Es obligatorio contar con un Contrato de Subarrendamiento?

Sí, sí es obligatorio contar con un Contrato de Subarrendamiento, ya que la ley exige la formalidad de que este sea por escrito.


¿Cuáles son los requisitos para celebrar un Contrato de Subarrendamiento?

Para poder celebrar un Contrato de Subarrendamiento se debe contar con la autorización del arrendador para lo cual se podrá preparar una Solicitud de autorización al arrendador para subarrendar un inmueble que el arrendatario firma y posteriormente podrá el arrendador emitir una Respuesta al arrendatario para subarrendar el inmueble.


¿Quiénes pueden celebrar un Contrato de Subarrendamiento?

El Contrato de Subarrendamiento lo deben firmar el subarrendador, es decir el inquilino en el contrato de arrendamiento principal y el subarrendatario, es decir el nuevo inquilino.


¿Qué debe contener un Contrato de Subarrendamiento?

El Contrato de Subarrendamiento deberá contener:

  • Nombres del subarrendador y subarrendatario.
  • La ubicación del inmueble.
  • Si se subarrendará total o parcialmente.
  • El monto de la renta y forma de pago.
  • La garantía, en su caso, como dinero para pagar la renta o si un tercero responderá por el cumplimiento de pago.
  • Destino y uso del inmueble (casa habitación, local comercial, bodega).
  • La duración del contrato.


¿Cuál es la legislación aplicable al Contrato de Subarrendamiento?

Legislación civil (código civil federal y códigos civiles estatales).

En el caso específico del código civil federal, artículos 2398 al 2479 (Libro cuarto, Título sexto) y artículos 2480 a 2482.


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