Última revisión: 22/09/2020
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Esta Notificación de Resolución Anticipada de Contrato de Locación de Inmueble puede ser utilizada por la persona o entidad que alquila un inmueble ("locataria") para resolver, es decir, terminar, sin expresión de causa el contrato de alquiler de vivienda, oficina o local en cualquier momento después de los 6 meses de comenzado. Este documento cumple los requisitos del Código Civil y Comercial de la Nación.
Derecho a Terminar el Alquiler
El derecho de la locataria a resolver anticipadamente el contrato de alquiler es reglamentado por ley y no puede ser renunciado por la locataria ni limitado por la persona o entidad que otorgó el inmueble en alquiler ("locadora").
Requisitos Legales
Por ley la locataria debe cumplir con 2 ó 3 requisitos, según el caso, para ejercer este derecho válidamente:
- espera mínima: resolver el contrato de alquiler recién después de los primeros 6 meses del comienzo de la locación.
- notificación fehaciente: enviar una notificación por carta documento o acta notarial de la resolución anticipada a la locadora.
- indemnización: ofrecer pagar a la locadora una indemnización en Pesos calculada según las pautas fijadas por la ley salvo que se cumplan los siguientes requisitos:
Si alguno de esos 2 ó 3 requisitos, según el caso, no se cumple entonces la locataria no ejerció este derecho válidamente y la locadora no está obligada a aceptar la resolución anticipada del contrato del alquiler.
Detalles de los Requisitos Legales
Espera Mínima
La locataria debe esperar 6 meses desde la fecha que comenzó la locación antes de ejercer este derecho. Por ello, la fecha elegida por la locataria para resolver el contrato de alquiler debe ocurrir después de la fecha en que se cumplen 6 meses desde la fecha que comenzó la locación. La locataria debe indicar claramente la fecha elegida en la notificación a la locadora. Esa fecha es distinta de la fecha en que la locataria puede remitir esa notificación. Por lo tanto, la notificación a la locadora puede ser enviada antes de la fecha en que se cumplen 6 meses desde la fecha que comenzó la locación siempre y cuando la fecha elegida para resolver el contrato de alquiler e indicada claramente en la notificación ocurra después de la fecha en que se cumplen 6 meses desde la fecha que comenzó la locación. Después del plazo mínimo de 6 meses la locataria puede ejercer este derecho en cualquier momento. En los contratos de alquiler firmados hasta el 30 de junio de 2020 inclusive es práctica generalizada que la locataria acuerde enviar la notificación a la locadora con cierta anticipación (usualmente, 30 ó 60 días) a la fecha elegida por la locataria para resolver el contrato de alquiler. Si el contrato de alquiler fue firmado el 1 de julio de 2020 o después entonces la locataria debe enviar la notificación a la locadora con por lo menos 1 mes de anticipación a la fecha elegida por la locataria para resolver el contrato de alquiler.
Notificación Fehaciente
La ley requiere que la notificación a la locadora sea "fehaciente". Para cumplir este requisito es práctica generalizada remitir una carta documento por una empresa de correo que ofrezca ese servicio. La locataria también puede elegir hacer la notificación por un acta notarial hecha por un/a escribano/a público/a.
Indemnización
Si no se cumplen los requisitos mencionados en "Requisitos Legales - Indemnización" más arriba entonces la locataria debe ofrecer una indemnización a la locadora calculada según las siguientes pautas fijadas por la ley:
El monto en Pesos de la indemnización fijado por ley es:
La locadora y la locataria pueden acordar en el contrato de alquiler la compensación de la obligación de la locadora de devolver el depósito de garantía con la obligación de la locataria de indemnizar la resolución anticipada.
¿Cómo utilizar este documento?
Esta Notificación de Resolución Anticipada de Contrato de Locación de Inmueble puede ser utilizada por la persona o entidad que alquila un inmueble ("locataria") para resolver, es decir, terminar, sin expresión de causa el contrato de alquiler de vivienda, oficina o local en cualquier momento después de los 6 meses de comenzado.
Para completar este documento es necesario contar con los siguientes datos e información, entre otros:
Una vez finalizada esta Notificación de Resolución Anticipada de Contrato de Locación de Inmueble sin datos ni información en blanco, puede ser utilizada como texto de una carta documento o un acta notarial hecha por un/a escribano/a público/a, según elija la locataria. Si se la utiliza como texto de una carta documento entonces debe ser impresa, copiada a mano o pegada online en un formulario de carta documento en papel o digital (que suministrará la empresa de correo elegida por la locataria). Luego la carta documento debe ser enviada por la locataria a la locadora siguiendo el procedimiento y cumpliendo con los requisitos establecidos por dicha empresa de correo.
Legislación Aplicable
Esta Notificación de Resolución Anticipada de Contrato de Locación de Inmueble se rige por las disposiciones del Libro Tercero, Título IV, Capítulo 4, artículo 1221 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Cómo modificar el modelo
Completás un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.
Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Podés modificarlo y volver a utilizarlo.
Una guía para ayudarte: ¿Cuándo y cómo puede la locataria terminar antes el contrato de alquiler de un inmueble?
Nombres alternativos para este documento: Notificación de Resolución Anticipada de Contrato de Locación de Vivienda, Oficina, Local, Lote o Predio Urbano, Notificación de Terminación Anticipada de Contrato de Locación de Inmueble, Comunicación de Resolución Anticipada de Contrato de Locación de Inmueble, Comunicación de Terminación Anticipada de Contrato de Locación de Inmueble, Carta de Resolución Anticipada de Contrato de Locación de Inmueble
País: Argentina