Subir
Comunicación de alta en la Seguridad Social en un trámite de extranjería Rellenar el modelo

Comunicación de alta en la Seguridad Social en un trámite de extranjería

Última revisión
Última revisión 08/03/2023
Formatos
Formatos Word y PDF
Tamaño
Tamaño 1 página
Rellenar el modelo

Información sobre el modelo

Última revisiónÚltima revisión: 08/03/2023

FormatosFormatos disponibles: Word y PDF

TamañoTamaño: 1 página

Opción: Ayuda de un abogado

Rellenar el modelo

¿Cómo funciona?

1. Elegir este modelo

Empieza haciendo clic en "Rellenar el modelo"

1 / Elegir este modelo

2. Rellenar el documento

Contesta a algunas preguntas y tu documento tipo se creará automáticamente.

2 / Rellenar el documento

3. Guardar - Imprimir

¡Tu documento está ya listo! Lo recibirás en los formatos Word y PDF. Lo podrás modificar.

3 / Guardar - Imprimir

Consultar a un abogado

Puedes optar por recurrir a los servicios de un abogado después de haber rellenado el documento.

Consultar a un abogado

Comunicación de alta en la Seguridad Social en un trámite de extranjería

Este documento permite que cualquier trabajador que ha obtenido una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena (denominado solicitante) comunique a la oficina de extranjería correspondiente su alta en la Seguridad Social realizada por parte del empleador.

En el caso de que se desee solicitar que la oficina de extranjería correspondiente resuelva en plazo un expediente de extranjería, se debe preparar el correspondiente escrito de agilización de un expediente de extranjería.

Por otro lado, si lo que se desea es recurrir la denegación de una solicitud de nacionalidad española por residencia, se deberá interponer el correspondiente recurso de reposición ante la Dirección General de Fe Pública y Seguridad Jurídica, dependiente del Ministerio de Justicia.

En el caso de que lo que se desee sea recurrir la denegación de una solicitud de autorización de residencia por arraigo, se deberá completar el correspondiente recurso de reposición que se deberá dirigir a la oficina de extranjería que resolvió el expediente.

Por último, si se ha producido un retraso excesivo e indebido del expediente de extranjería (p. ej. retraso o pérdida de una solicitud de arraigo social) se deberá completar la correspondiente reclamación de responsabilidad a la Administración por retraso indebido.

 

  • ¿Cuándo se debe realizar el alta del trabajador solicitante de una autorización de residencia y trabajo?

Una vez obtenida una resolución favorable, esto es, una vez concedida la autorización que permite a una persona trabajar en España por cuenta ajena (es decir, en favor de una empresa), el empleador o empresa deberá llevar a cabo el alta en la Seguridad Social del trabajador en el plazo de un mes desde la fecha en la que se comunique la resolución favorable (es decir, la concesión de la autorización de residencia).

El incumplimiento de este plazo dará lugar a la pérdida de la resolución favorable por parte del solicitante (es decir, a la pérdida de la autorización de residencia y trabajo previamente concedida). Este documento permitirá comunicar esta alta en la Seguridad Social realizada por el empleador en el plazo correspondiente.

 

  • ¿Cuál es la administración que debe recibir esta comunicación?

Esta comunicación se deberá dirigir a la oficina de extranjería de la provincia en la que se presentó la solicitud de residencia y trabajo (es decir, la Oficina de Extranejría que ha tramitado el expediente). En concreto, se deberá enviar vía e-mail a la cuenta indicada por parte de la Oficina de Extranjería en la resolución en la que se acuerda la concesión de la autorización de residencia en favor del solicitante.

 

  • ¿Cuándo se deberá realizar el envío de esta comunicación?

Una vez que el empleador realice el alta del trabajador en la Seguridad Social, el solicitante o trabajador deberá enviarlo antes de que se cumpla el plazo de un mes desde la fecha de concesión de la autorización de residencia.

De esta forma, el trabajador debe cumplir con este plazo de un mes para poder obtener su autorización de residencia. Una vez enviada esta comunicación, el solicitante podrá solicitar una cita de huellas para la obtención de su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de una semana.


¿Cómo utilizar el documento?

Este documento podrá ser presentado por cualquier solicitante que tenga concedida una autorización de residencia que le permita trabajar por cuenta ajena. Asimismo, esta carta se podrá remitir por el propio interesado, o por una persona autorizada.

 

  • Contenido de esta comunicación

Esta comunicación incluye todos los elementos necesarios para garantizar su validez. En concreto, en la misma se recoge:

  • El lugar y fecha en la que se firma esta comunicación.
  • Los datos del expediente en el que se ha aprobado la autorización de residencia.
  • Los datos identificativos del/los empleador(es) que han realizado el alta en la Seguridad Social del trabajador.
  • La fecha en la que se notificó al solicitante la concesión de su autorización de residencia y trabajo.
  • La fecha en la que se realizó el alta en la Seguridad Social por parte del empleador.

 

  • Envío de esta comunicación

Una vez completado el formulario, este documento se deberá firmar por el solicitante de la autorización de residencia o por su representante y, posteriormente, se deberá remitir a la delegación o subdelegación del gobierno encargada de la tramitación del expediente. Este documento se deberá enviar al email indicado de forma específica por la oficina de extranjería en la resolución de concesión de la autorización de residencia.

Junto a este escrito se deberán adjuntar el certificado de reconocimiento de la situación de alta en la Seguridad Social obtenido por el empleador una vez realizada el alta del trabajador.

Finalmente, en el caso de que esta solicitud se presente mediante una persona autorizada o apoderada, se deberá adjuntar al presente escrito la correspondiente autorización o apoderamiento.


Normativa aplicable

Esta comunicación de alta en la Seguridad Social tiene en cuenta lo dispuesto en la siguiente legislación aplicable:


Ayuda de un abogado

También tienes la opción de consultar a un abogado si necesitas ayuda.

El abogado puede contestar a tus preguntas o ayudarte en tus trámites. Al final de la creación del documento, se te ofrecerá esta opción.


¿Cómo modificar el modelo?

Rellenas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en función de tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

Rellenar el modelo