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Escrito de alegaciones del socio de una cooperativa en un procedimiento sancionador

Última revisión Última revisión 13/02/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 13/02/2024

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Este documento permite que cualquier socio de una cooperativa presente sus alegaciones o argumentos para justificar los hechos por los que se le desea sancionar. En concreto, el socio puede presentar alegaciones ante la propuesta de sanción de cualquier tipo de conducta, ya sea una infracción leve, grave o muy grave.

Asimismo, este documento puede ser utilizado por un socio de cualquier tipo de cooperativa, independientemente de su actividad social o de la comunidad autónoma en la que realizan su actividad.

En relación con este documento, se debe tener en cuenta que:

 

¿Cuáles son los motivos por los que una cooperativa puede sancionar a un socio?

Esta carta permite que un socio pueda justificar o argumentar los hechos o conducta por los cuales la cooperativa ha iniciado un procedimiento sancionador. En general, la sanción del socio se podrá justificar por cualquier motivo, siempre que este motivo se detalle en los estatutos de la cooperativa como una infracción, ya sea leve, grave o muy grave (p. ej. por no cumplir con sus obligaciones laborales con la cooperativa, por su mala conducta con otros socios o miembros de la cooperativa, por negarse a realizar las aportaciones económicas necesarias en favor de la cooperativa, etc.).

La cooperativa debe justificar, de forma detallada, cada uno de los hechos o actividades del socio sobre la base de las cuales se justifica el inicio del procedimiento de sanción. En todo caso, el socio podrá alegar libremente los argumentos o razones que estime oportunos para justificar los hechos y demostrar que no son sancionables, o que no son de la forma en la que fueron alegados por la cooperativa.

 

¿Cómo puede una cooperativa sancionar a uno de sus socios?

La cooperativa debe respetar, en todo momento, el procedimiento sancionador previsto en la legislación aplicable y en sus estatutos. En concreto, el procedimiento deberá seguir las siguientes pautas generales:

  • El procedimiento se inicia por el consejo rector u órgano de administración de la cooperativa, redactando un pliego de cargos en el que se detallen los hechos o actividades sancionables realizadas por el socio, así como los artículos de los estatutos incumplidos, que justifican la decisión de iniciar el procedimiento. La preparación del pliego de cargos puede ser llevada a cabo por un instructor nombrado por el consejo rector. Estos hechos se deben recoger en el denominado pliego de cargos, en el que se deberá señalar la propuesta de sanción.

  • En esta comunicación de los cargos, se recoge el plazo de tiempo concreto que dispone el socio para presentar sus alegaciones mediante esta carta, a las cuales podrá adjuntar las pruebas que desee para justificar sus argumentos.

    En relación con este punto, el consejo rector deberá garantizar el derecho del socio a comparecer en persona para explicar su posición. De esta forma, el socio debe tener derecho a participar activamente en el procedimiento de sanción para aportar sus argumentos o justificar los hechos alegados por la cooperativa.

  • Estas alegaciones serán analizadas por el consejo rector, que deberá decidir finalmente sobre la sanción concreta del socio. En el caso de que el consejo rector decida acordar una sanción concreta (p. ej. una multa de dinero, su expulsión, etc.), deberá comunicar esta decisión mediante carta dirigida al socio.

  • El socio tiene derecho a presentar un recurso ante la sanción que se deberá remitir al comité de recursos si la cooperativa dispone de este órgano, o, en caso contrario, ante la asamblea general de la cooperativa.

  • En el supuesto de que este recurso no sea admitido o se desestimase, el socio podrá recurrirlo en el plazo de un mes desde su no admisión o notificación de la denegación ante el Juez de Primera Instancia.

 

¿Cómo utilizar este documento?

El socio de la cooperativa debe tener en cuenta la siguiente información en relación con esta carta:

 

Contenido de la carta

Esta carta contiene el siguiente contenido mínimo para garantizar su validez:

  • los datos del socio y de la cooperativa a la que se dirige este escrito;
  • los hechos concretos en relación con los cuales se inicia el procedimiento de sanción;
  • el artículo de los estatutos y de la legislación aplicable en los que se recoge el procedimiento de sanción;
  • los argumentos o razones alegados por el socio;
  • las pruebas o indicios que el socio desea adjuntar a su escrito de alegaciones;
  • el interés del socio de asistir en persona ante el consejo rector para defender sus argumentos.

 

Formalización de la carta

Una vez completada, el socio deberá firmar esta carta.

Una vez firmada, esta carta se deberá enviar al consejo rector de la cooperativa. Esta solicitud puede ser entregada en mano, con la firma del recibí por parte de un representante del consejo rector de la cooperativa, o bien mediante burofax (a través de copia física u online), con acuse de recibo y certificación de contenido o cualquier vía semejante.

Por último, el socio puede adjuntar aquellos documentos o pruebas que desee para justificar sus alegaciones o argumentos.


Derecho aplicable

Este escrito de alegaciones del socio de una cooperativa en un procedimiento sancionador se rige por lo previsto en los estatutos y el reglamento de régimen interno de la cooperativa, así como lo recogido en la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.

En el caso de cooperativas que realizan o centran su actividad en una única comunidad autónoma, se deberá tener en cuenta la legislación de cooperativas autonómica aplicable.


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