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Plan de negocio

Última revisión Última revisión 29/04/2024
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¿Qué es un plan de negocio?

El plan de negocio permite que cualquier emprendedor o promotor establezca las bases de una idea empresarial o emprendimiento que se desee iniciar en España. Así, en este plan se establecen los objetivos de la idea empresarial, las estrategias que los socios seguirán a fin de alcanzar sus objetivos, así como el análisis del sector y del mercado dentro del cual se desea desarrollar el negocio.

Este plan de negocio actúa así como el mapa que dirigirá la actividad del promotor, además de permitir realizar un análisis sobre su potencial viabilidad.

En nuestra guía ¿Qué pasos tengo que seguir para iniciar una actividad empresarial?, se recoge una más información sobre el plan de negocio como uno de los pasos relevantes para iniciar cualquier actividad empresarial.


¿Cuál es la principal diferencia entre un plan de negocio y un plan financiero o term sheet de financiación?

El plan financiero o term sheet de financiación es un acuerdo que tiene por objeto realizar una estimación de la evolución económica de la empresa para atraer a potenciales inversores o facilitar la futura entrada de inversores en la empresa. Se trata así de un documento con un sentido más específico que el plan de negocio, ya que se centra únicamente en el análisis de la viabilidad económica del negocio, o en determinar la cantidad de recursos necesarios para que el negocio pueda crecer en el futuro, que además se puede utilizar tanto para negocios iniciales o startups, como para empresas ya asentadas.


¿Es obligatoria la celebración por escrito de un plan de negocio?

No, no es obligatorio. La preparación y firma por escrito de un plan de negocio es opcional, no es un documento necesario para iniciar una actividad empresarial.

Ahora bien, los promotores deberán preparar este plan por escrito demostrar o justificar la viabilidad del negocio a los efectos de solicitar financiación u obtener algún tipo de ayuda pública (p. ej. para explicar el negocio y demostrar su viabilidad frente a futuros inversores), o cuando se desee justificar la viabilidad del negocio ante las autoridades de extranjería a los efectos de solicitar la correspondiente autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.


¿Quién puede firmar un plan de negocio?

El plan de negocio se puede formalizar tanto por promotores que sean personas jurídicas o empresas como por personas físicas o individuales.

Las personas físicas pueden elaborar este plan personalmente, siempre que sean mayores de 18 años o mayores de 16 años emancipados (es decir, menores que no viven junto a sus padres) y tengan capacidad plena para la firma de documentos jurídicos. En los casos de menores de edad, o de personas incapacitadas judicialmente o declaradas como pródigos, este contrato deberá ser firmado por las personas que ejerzan la patria potestad o por sus representantes legales (p. ej. por un tutor o curador).


¿Cuál es el plazo de duración de un plan de negocio?

Las partes pueden firmar un plan de negocio tanto por un periodo de tiempo determinado concreto (p. ej. acordar un periodo de validez de tres meses), como por un periodo de tiempo indefinido, es decir, sin acordar una fecha de terminación concreta, sino que el contrato terminará cuando así las partes lo decidan en el futuro.


¿Qué es necesario realizar una vez que ha completado este plan de negocio?

Una vez preparado, los promotores pueden firmar este plan de negocio, ya sea personalmente o a través de su representante (p. ej. la persona apoderada para actuar en nombre del promotor), aunque no es necesario para garantizar su validez.

Asimismo, los promotores deberán anexar todas las tablas de datos y de estimaciones correspondientes para justificar el contenido del plan de negocio (p. ej. tablas con estimaciones de los flujos de caja).

Finalmente, los promotores pueden distribuir este plan entre todos los potenciales inversores interesados en el negocio, así como entre las agencias públicas o privadas que así lo exijan para la obtención de financiación, o para la solicitud de permisos administrativos necesarios para llevar a cabo la actividad (p. ej. para la obtención de una autorización de trabajo por cuenta propia).


¿Qué documentos deben adjuntar las partes a este plan de negocio?

Las partes pueden adjuntar libremente los documentos que deseen para clarificar y justificar las estimaciones recogidas en el plan de negocio, así como para facilitar su interpretación. Así, las partes pueden adjuntar, entre otros, los siguientes documentos:

  • Las tablas con las estimaciones de los cash-flows o flujos de caja del negocio.

  • Las tablas en la que se recogen los datos.

  • Una copia de las autorizaciones o permisos con los que cuentan los promotores para poder ejercer la actividad principal del negocio.

  • Una copia de los extractos bancarios que disponen los socios para iniciar la actividad económica.


¿Es necesario firmar este plan de negocio ante notario público?

No, no es necesario. El plan de negocios es un documento flexible y dinámico que no es necesario que esté recogido en escritura pública para que pueda cumplir su función de información.


¿Qué debe incluir el plan de negocio?

El plan de negocio debe incluir, como mínimo, los siguientes puntos:

  • La descripción de los objetivos del negocio.

  • La fecha en la que el promotor desea iniciar el negocio.

  • La necesidad o no de constituir una sociedad mercantil para iniciar el negocio.

  • El análisis del sector y de los futuros competidores del negocio, incluyendo un análisis de todas las posibles fortalezas, debilidades y amenazas del negocio (análisis DAFO).

  • La inversión necesaria para el inicio del negocio o para facilitar su crecimiento.

  • El estudio financiero del negocio, incluyendo una estimación de los cash-flow o flujos de caja del futuro negocio.

  • La mención de todas las licencias o permisos necesarios para llevar a cabo la actividad.

  • Las conclusiones o recomendaciones sobre la viabilidad del negocio.


¿Cuál es la legislación aplicable a un plan de negocio?

El plan de negocio no se encuentra regulado de forma expresa en la legislación española, por lo que quedará sujeto a la autonomía de la voluntad de las partes.

En todo caso, si se desea preparar este plan para solicitud de una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 54 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.


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