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Contrato de asesoría

Última revisión Última revisión 22/01/2024
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El contrato de asesoría es una forma de prestación de servicios mediante el cual una persona contrata a otra para la que preste asesoría u orientación en su área de especialidad o experticia. Por ejemplo, Marco Aurelio tiene una empresa dedicada a los domicilios que creció gracias a la pandemia, pero ahora no requiere tantos empleados por lo que desea realizar un despido masivo. Para ello contrata los servicios de un asesor jurídico, que le explique las formas más adecuadas y seguras de terminarlos los contratos de trabajo de sus empleados.


La asesoría puede ser sobre diversos temas

El asesor brinda sus servicios en un área sobre un área de su especialidad en la cual es reconocido. Así, por ejemplo, un abogado brindará asesoramiento legal, mientras que un ingeniero podrá hacerlo en su área de experticia, ya sea computación, desarrollo de software, etc. Las áreas sobre las cuales se puede realizar una posible asesoría son innumerables, sin embargo, algunas de las más comunes son:

  • Legal: brindada frecuentemente por abogados o firmas jurídicas, se enfoca en resolver las necesidades legales del cliente, tales como el cumplimiento de la regulación legal para su funcionamiento, la redacción o revisión de los contratos y negocios celebrados, la reducción de riesgos jurídicos o la asesoría en procesos que se lleven en su contra.
  • Financiera: como su nombre lo indica, en este tipo de asesoría es sobre las finanzas o situación económica del cliente, incluyendo entre otros temas la planeación de inversiones, planeación tributaria o contable, gestión de activos, entre otros.
  • Laboral: en este caso la asesoría brindada al cliente es sobre temas laborales que puedan ser relevantes para su actividad económica. Por ejemplo, las formas de contratación de sus trabajadores, el manejo de los conflictos laborales, el cumplimiento de las normas laborales, la gestión de recursos humanos, entre otros.


El asesor es un trabajador independiente

Aun cuando el asesor sea una persona natural, este es un trabajador independiente. Es decir, que presta sus servicios bajo su propia iniciativa y riesgo. Por ello, el asesor por lo general no tendrá horarios o estará bajo la constante subordinación u órdenes del cliente que lo contrató. Así mismo, cualquier persona que sea contratada por el asesor será sólo trabajadora o contratista de este y no tendrá relación laboral o contractual alguna con el cliente asesorado.

El asesor, aún cuando se trate de una persona natural, no es un trabajador vinculado mediante contrato laboral, por lo cual no se encuentra bajo las órdenes constantes ni subordinación frente a este último.


El precio de la asesoría puede ser fijo o por tiempo trabajado (día, semana, mes, etc)

El precio de la asesoría puede ser un precio fijo por la duración total del contrato o un precio indeterminado basado en el tiempo que el asesor dedique a la prestación de sus servicios. Por ejemplo, en el caso de la empresa de Marco Aurelio que desea contratar asesoría jurídica para despedir un grupo grande de empleados, el asesor podría ser contratado sólo para este tema con un precio determinado por la duración de toda la asesoría. Por otra parte, si Marco Aurelio cree que podría necesitar asesoría jurídica en otros temas en el futuro, podría realizar el contrato acordando un precio por hora de asesoría, con lo que podrá acudir a los servicios del asesor las veces que considere pertinentes y pagarle sólo por el tiempo (horas, días, meses, etc) que le prestó sus servicios.

El precio de la asesoría puede ser una suma de dinero determinada si se conoce el asunto o alcance de la asesoría a realizar, o un precio por tiempo dedicado si los asuntos o alcance de la asesoría son desconocidos al momento de la firma del contrato.


Diferencia con el contrato de consultoría

La distinción entre un contrato de asesoría y uno de consultoría es una cuestión más de grado que de fondo, es decir, las obligaciones de ambos contratos son en principio la misma: poner al servicio del cliente el conocimiento experto del consultor o asesor. Sin embargo, el alcance y objetivos de ambos contratos suele ser distinto. Así, mientras un contrato de consultoría se suele realizar sobre una situación o aspectos determinados frente a los cuales el consultor realiza un análisis detallado, el contrato de asesoría puede ser sobre asuntos indeterminados al momento de su celebración y, como su nombre lo indica, el asesor puede limitarse a sugerir un rumbo de acción o aconsejar al cliente, con un nivel de detalle o análisis de la situación mucho menor que el que se esperaría de un consultor. Así, comparado con una asesoría, el contrato de consultoría tiene obligaciones más extensas y de mayor responsabilidad a cargo del consultor:

Contrato de asesoría Contrato de consultoría
Obligaciones de quien presta el servicio
  • Orientación o asesoría
  • Proponer acciones o cambios al cliente
  • Ejecutar las acciones o cambios propuestos
  • Elaboración de productos para el cliente
  • Capacitación del cliente
  • Evaluación del cliente
  • Certificación del cliente
Responsabilidad de quien presta el servicio Responderá si la asesoría u orientación es deficiente o equivocada en comparación con otros asesores de la misma experticia y calidad.

Así como las obligaciones son mayores, también podrá ser la responsabilidad. Responderá, entre otras cosas, por:

  • La ejecución deficiente de sus servicios.
  • La mala calidad de los productos entregados -si los hay.
  • La implementación inadecuada de los cambios dados al cliente.
Alcance del servicio
  • Puede ser sobre un asunto determinado u asuntos futuros que surjan durante la viegencia del contrato.
  • Por un tiempo prolongado e incluso indefinido.
  • La labor del asesor es orientadora y menos exhaustiva/detallada.
  • Generalmente para una situación o asunto determinado.
  • Por un periodo de tiempo corto.
  • Implica un trabajo exhaustivo del consultor.


Cómo usar este documento

Para diligenciar este documento se debe proporcionar la siguiente información:

  • Identificación del asesor: se debe proporcionar su nombre, documento de identidad y datos de contacto. En caso de que se trate de una persona jurídica (empresa, sociedad, fundación, entidad, etc) se debe proporcionar además la identificación de su representante legal.
  • Identificación del cliente: es decir, la persona la cual se brinda la asesoría. Se debe proporcionar su nombre, documento de identidad y datos de contacto. En caso de que se trate de una persona jurídica (empresa, sociedad, fundación, entidad, etc) se debe proporcionar además la identificación de su representante legal.
  • Tema de la asesoría: ya sea legal, laboral, financiera u otro tipo de asesoría. Adicionalmente se podrá especificar si la asesoría es para una situación actual determinada o cualquier situación futura que el cliente considere pertinente poner el conocimiento del asesor.
  • Plazo de la asesoría: puede ser a un plazo fijo o indeterminado.
  • Precio de la asesoría: ya sea una suma de determinada u honorarios por el tiempo que el asesor dedique a la prestación de sus servicios.
  • Cláusula penal: es decir, la suma de dinero que deberá pagar quien incumpla el contrato.

Una vez diligenciado el documento se deben firmar dos copias, una para cada parte. Si bien este documento no requiere ser autenticado para su validez, las partes lo pueden realizar para mayor seguridad.


Legislación aplicable

Código sustantivo del trabajo, artículo 34 — De los contratistas independientes


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