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Contrato de prestación de servicios

Última revisión Última revisión 06/01/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 06/01/2024

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Mediante un contrato de prestación de servicios una persona contrata a otra para que desarrolle alguna labor, tarea o preste un servicio a cambio de un precio. Quien presta el servicio lo hace de manera independiente, es decir, no es un empleado o trabajador dependiente de quien paga por el servicio.


No es un contrato de trabajo

Si bien el contrato de prestación de servicios y el contrato de trabajo tienen en común la prestación de un servicio o labor a cambio de un pago, no son lo mismo, pues el contratista es un independiente que entre otras cosas:

  • Puede ser una persona natural o jurídica (empresa, sociedad, fundación, entidad, etc).
  • No está bajo las órdenes y dirección constante de un empleador o jefe.
  • Realiza su trabajo con sus propias herramientas y medios.
  • Sólo está obligado a cumplir con los términos del contrato y cualquier cambio en las condiciones pacatas requerirá de un nuevo contrato. En cambio, en un contrato de trabajo el empleador puede cambiar algunas condiciones de trabajo sin consultar al trabajador.
  • Es responsable de sus aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales.

Por ejemplo, si se contrata a una persona para que conduzca el vehículo familiar todo el día, a donde los miembros de la familia lo indiquen nos encontramos frente a un contrato laboral pues el trabajador realiza su labor bajo la constante dirección de su empleador o jefe, con la posibilidad de que éste cambie el lugar de trabajo o sus condiciones (cambio de vehículo o de personas a las que transporta) y con las herramientas (vehículo) provistos por el empleador. En cambio, si se contrata a una persona con un vehículo para que todos los días transporte a los niños al colegio éste podría ser un contrato de prestación de servicios, pues los medios (el vehículo) para desarrollar la labor son del contratista, y éste no se encuentra bajo la constante dirección y subordinación de quien lo contrató.


Para contratos de construcción u obra civil se puede usar documentos más específicos

Si bien este documento sirve para la contratación de una obra civil, como la remodelación de una cocina o la realización de una construcción en un lote, para estos casos se puede usar un contrato de obra civil, que está adaptado especialmente para este tipo de servicio y contiene todas cláusulas y provisiones para su diligenciamiento.


Cómo usar este documento

Para diligenciar este documento se debe proporcionar la siguiente información:

  • Identificación del contratista: es decir, quien presta la labor o servicio, ya sea una persona natural o jurídica (empresa, sociedad, fundación, entidad, etc)
  • Identificación del contratante: quien paga por el servicio, que también puede ser una persona natural o jurídica.
  • Describir el servicio o labor para la cual se realiza el contrato. Esta descripción debe ser tan precisa como sea posible.
  • Plazo o duración del contrato: ya sean días, meses o años.
  • Forma de pago del precio del contrato.
  • Opcionalmente se puede incluir una cláusula penal: es decir, la penalidad que se pagará en caso de que cualquiera de las partes incumpla el contrato.

Una vez diligenciado el contrato se deben imprimir y firmar dos copias, una para el contratante y otra para el contratista. Este documento no requiere autenticación de firmas para su validez, aunque las partes lo pueden hacer para mayor seguridad.


Legislación aplicable

Código Sustantivo del Trabajo, artículo 34.


Cómo modificar el modelo

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, con base en tus respuestas.

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