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Pagaré

Última revisión Última revisión 24/12/2023
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Última revisiónÚltima revisión: 24/12/2023

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Opción: Ayuda de un abogado

Rellenar el modelo

El pagaré es un documento escrito mediante el cual una persona o varias personas (deudor) se comprometen incondicionalmente a pagar a otra (acreedor) una determinada cantidad de dinero en una fecha o dentro de un plazo acordado previamente.

Se trata de un título valor o de crédito similar a la letra de cambio que se usa, principalmente, para obtener recursos financieros, al ser utilizado como medio de pago en transacciones comerciales. La diferencia con la letra de cambio radica en que quien emite el pagaré es el propio deudor (denominado librado), y no el acreedor.

El pagaré se puede utilizar para prometer el pago de cualquier tipo de deuda. Por ejemplo, una procedente de un préstamo, de la compra de un producto, de la contratación de determinados servicios, etc. Este documento puede ser utilizado tanto por particulares como por empresas (personas físicas o jurídicas).

El pagaré da al acreedor un medio de prueba de la deuda (podrá valerse de este en un eventual procedimiento judicial para probar la existencia de la deuda y la obligación de pago), así como una acción para hacer efectivo su derecho al cobro de esta (juicio ejecutivo cambiario). Asimismo, este documento presenta ventajas para el deudor, al permitirle contar con liquidez por el aplazamiento del pago de la deuda.


¿Cómo utilizar este documento?

Con el fin de crear un pagaré válido, es esencial que consten ciertos elementos. Estos elementos, que se incluyen en el presente modelo, son los siguientes:

  • La denominación de "pagaré".
  • La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada.
  • El vencimiento o el momento en el que deberá abonarse (debe tratarse de una fecha concreta, posible y cierta, puede ser a la vista, a un plazo desde la vista, a un plazo desde la fecha, en una fecha determinada).
  • El importe de la cantidad a abonar.
  • El lugar en el que debe efectuarse el pago (nombre de la localidad de pago o datos de la cuenta bancaria).
  • El nombre de la persona a la que debe efectuarse el pago o a cuya orden se deba efectuar (tenedor, tomador o beneficiario).
  • El lugar y la fecha de libramiento o emisión del pagaré.
  • La firma manuscrita y original del deudor (emisor del pagaré). Si el emisor del pagaré es una sociedad u otra persona jurídica, deberá constar la firma de quien lo firma en su nombre (representante legal u otra persona autorizada), así como la denominación de la sociedad.


En el caso de que se desee determinar cuestiones adicionales al compromiso de pago de la deuda, como pueden ser la quita o rebaja de la deuda, la condonación o las garantías de pago (aval o fiador solidario) de la misma, se puede utilizar un documento o contrato de reconocimiento de deuda o un contrato de fianza, según el caso.

Los pagarés pueden ser "a la orden" o endosables (es decir, se pueden transmitir a un tercero por endoso simplemente con la firma del beneficiario inicial o endosatario anterior al dorso del documento y la entrega material del pagaré a quien lo recibe), o no endosables (al incluir la cláusula "no a la orden"). En este último caso, la transmisión debe ser notificada de forma inmediata y fehaciente al emisor del pagaré.

En caso de existir varios deudores, estos están obligados solidariamente con respecto al acreedor (o portador). Esto supone que el acreedor podrá dirigirse contra cualquiera de estas personas para exigir el pago de la totalidad del importe a cuyo abono se comprometen al firmar el pagaré. Posteriormente, el deudor que pague podrá repercutir el pago del importe correspondiente a los otros deudores.


Legislación aplicable

El pagaré se encuentra regulado en la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque. Particularmente, en su Capítulo XIV, artículos 94 a 97.


Ayuda de un abogado

También tienes la opción de consultar a un abogado si necesitas ayuda.

El abogado puede contestar a tus preguntas o ayudarte en tus trámites. Al final de la creación del documento, se te ofrecerá esta opción.


¿Cómo modificar el modelo?

Rellenas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en función de tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Puedes modificarlo y volver a utilizarlo.

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