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Carta de cobro de arrendamiento

Última revisión Última revisión 22/07/2024
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Última revisiónÚltima revisión: 22/07/2024

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Mediante una carta de cobro de arrendamiento el propietario o arrendador de un inmueble (casa, apartamento, habitación, local, bodega, etc) le informa a su inquilino que no ha realizado el pago del arrendamiento y el plazo que tiene para hacerlo, antes de terminar el contrato o tomar cualquier otra medida de carácter legal. Por ejemplo, María Andrea le arrendó un apartamento a Carlos y después de un año sin inconvenientes éste dejó de pagar el arriendo. María entonces le envía esta carta, en la que se le indica que si no realiza el pago de manera oportuna se terminará el contrato de arrendamiento y deberá restituir el inmueble.

Este documento no termina el contrato de arrendamiento, sino que se usa para brindarle al inquilino o arrendatario una última oportunidad para que efectúe los pagos atrasados antes de tomar acciones legales como la misma terminación del contrato o un proceso judicial para el cobro de los dineros. Para terminar el contrato se debe diligenciar una carta de terminación de contrato de arrendamiento, ya sea de vivienda o comercial.


Para cobrar deudas diferentes de arrendamientos se debe diligenciar una carta de cobro prejurídico

Este documento está adaptado para el cobro de arrendamientos de vivienda urbana (destinados a habitación) o comerciales (destinados a negocios). En caso de que se solicite el pago de otro tipo de deudas como cuotas de administración, reparaciones del inmueble por daños del arrendatario o similares, se debe diligenciar una carta de cobro prejurídico.


¿Cómo usar este documento?

Para diligenciar este documento se debe proporcionar la siguiente información:

  • Identificación del arrendador o propietario: es decir, la persona que exige el pago del arriendo. En caso de que se trate de una persona jurídica (empresa, sociedad, fundación, entidad, etc) se debe identificar también a su representante legal.
  • Nombre del inquilino o arrendatario: es decir, la persona que ha incumplido con el pago del arrendamiento.
  • Identificación del inmueble sobre el cual se debe el arriendo: se debe proporcionar como mínimo la dirección y ciudad en que se encuentra el inmueble.
  • Tipo de arrendamiento: debe especificarse si el inmueble arrendado es para vivienda o uso comercial, es decir el funcionamiento de algún establecimiento de comercio o negocio.
  • Valor del arrendamiento y meses adeudados: debe indicarse el precio mensual del arrendamiento y los meses que debe el inquilino o arrendatario.
  • Intereses de mora (opcional): si se desea se puede incluir el valor de los intereses de mora que se deben.

Una vez diligenciado el documento se debe imprimir y firmar. Esta carta no requiere ser autenticada en notaría para su validez. Se puede enviar al inquilino por medios tradicionales o electrónicos. En caso de que se envíe por correo tradicional se puede optar por correo certificado, para que la empresa de mensajería deje constancia del contenido de la carta.


Legislación aplicable

Código Civil, artículo 1546, 1551 a 1555 — Establece la regulación de las obligaciones a plazo y las causales de terminación de contratos como el de arrendamiento.

Código de Comercio, 518 — Establece causales especiales de terminación de los contratos de arrendamiento comerciales.

Ley 820 de 2003, artículo 22 — Causales para la terminación de los contratos de arrendamiento de vivienda urbana por parte del propietario o arrendador.


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